Normativa: Art. 22 ter Ley 5/2021, de 20 de octubre, de Tributos Cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Podrás deducirte el 30% de los gastos vererinarios* con un límite máximo de 100€. Ten en cuenta los límites de base imponible: inferior a 80.000€ en individual o 100.000€ en conjunta.
Puedes consultar toda la información en la web de la AEAT -> Más información.
¿Qué mascotas?
Válidos para perros, gatos y hurones.
🐕 Animales adquiridos legalmente a partir del 1 de Enero de 2025.
🐈⬛ Animales adoptados en protectoras a partir del 1 de Enero de 2025.
🐕🦺 Animales de asistencia, sin límite de fecha.
¿Qué gastos?
Identificación: Microchip y pasaporte.
💉 Vacunas obligatorias (vacuna de la rabia)
🪱 Desparasitaciones.
🦟 Tratamiento contra la Leishmania
💔 Eutanasia e incineración.
🏥 Cirugía de esterilización.
Requisitos
✅ Tener la residencia fiscal en Andalucía.
✅ La mascota debe estar identificada correctamente mediante microchip y pasaporte.
⚠️ Sólo podrás deducirte los gastos pagados en 2025.